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Gastos de la compraventa

Los gastos de la compraventa se pueden dividir en los siguientes apartados:

  • Gastos notariales: Son los honorarios del notario por la redacción de la escritura de compraventa. El importe de estos gastos se calcula en base al precio de la vivienda y a la comunidad autónoma en la que se encuentre la vivienda. En 2023, los gastos notariales oscilan entre el 0,5% y el 1 % del precio de la vivienda.
  • Gastos registrales: Son los honorarios del registrador de la propiedad por la inscripción de la escritura de compraventa en el registro de la propiedad. El importe de estos gastos se calcula en base al precio de la vivienda y a la comunidad autónoma en la que se encuentre la vivienda. En 2023, los gastos registrales oscilan entre el 0,1% y el 0,2% del precio de la vivienda.
  • Impuestos: Son los tributos que hay que pagar a Hacienda por la compra de la vivienda. El impuesto que hay que pagar depende del tipo de vivienda que se compre.

En el caso de una vivienda de segunda mano, el impuesto que hay que pagar es el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). El ITP es un impuesto autonómico, por lo que el tipo en  Madrid, es 6% del precio de la vivienda.

En el caso de una vivienda de obra nueva, el impuesto que hay que pagar es el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). El IVA es un impuesto estatal, por lo que el tipo impositivo es el mismo en toda España. En 2023, el tipo impositivo del IVA es del 10% del precio de la vivienda.

 

 

 

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